ÁREA DE ASISTENCIA Y MODERNIZACIÓN LOCAL

ÁREA DE ASISTENCIA Y MODERNIZACIÓN LOCAL

Usted está aquí: Inicio / Áreas / ÁREA DE ASISTENCIA Y MODERNIZACIÓN LOCAL / Desarrollo Rural y lucha contra la Despoblación / Cuarto Espacio vivo / Boletín / Septiembre 2017 / El nuevo Reglamento de la Caja de Cooperación de la DPZ

El nuevo Reglamento de la Caja de Cooperación de la DPZ

El Pleno de la Diputación Provincial de Zaragoza aprobó inicialmente el pasado 14 de junio un nuevo Reglamento regulador de la Caja Provincial de Cooperación. Una vez aprobado definitivamente, ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia del día 23 de agosto y está prevista su entrada en vigor el día 14 de septiembre.

Las características más importantes de este nuevo Reglamento se describen en los siguientes apartados.

a) Modalidades de crédito: todas las permitidas por la Ley de Haciendas Locales

- Operaciones de crédito a largo plazo

        • Préstamos para la financiación de inversiones.
        • Préstamos para la refinanciación de otras operaciones de crédito.
        • Préstamos de mandato para el saneamiento de remanente de tesorería negativo o para la financiación de nuevos o mayores gastos por operaciones corrientes declarados necesarios y urgentes.

- Operaciones de crédito a corto plazo

        •  Operaciones de tesorería.

 b) Condiciones de las operaciones de crédito

 - Coste financiero 0

        •  Sin intereses. 

- Cuantías

        • Préstamo a largo plazo ordinarios: cuantía máxima de 150.000 euros.
        • Préstamos a largo plazo extraordinarios: La cuantía máxima será fijada anualmente en las bases de ejecución del presupuesto.
        • Préstamos a corto plazo (operaciones de tesorería): Cuantía máxima de 30.000 euros.

- Plazo

        • Operaciones a largo plazo: plazo ordinario hasta 10 años.
        • Operaciones a largo plazo: plazo extraordinario hasta 15 años.
        • Operaciones de tesorería: 1 año.

 c) Requisitos para concertar operaciones de crédito a largo plazo

- Haber aprobado la liquidación del presupuesto del ejercicio anterior con ahorro neto positivo.

- Tener un volumen total del capital vivo que no exceda del 75% de los ingresos corrientes liquidados o devengados según las cifras deducidas de los estados contables consolidados, o bien obtener autorización del órgano de tutela financiera cuando el volumen total del capital vivo sea superior al 75% y no exceda del 110% de los referidos ingresos.