ÁREA DE PRESIDENCIA

ÁREA DE PRESIDENCIA

SUBASTA REALIZADA CON FECHA 05/06/2014

SUBASTA 05-06-2014

La subasta se celebrará el día 5 de junio de 2014 a las 10:00 horas en el Antiguo Salón de Plenos de la Excma. Diputación de Zaragoza.

 

 

 

- ANUNCIO DE SUBASTA -

DON ALEJANDRO LAGUARTA ÁNGEL, TESORERO ACCIDENTAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA,

H A G O S A B E R:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se han dictado, en cada uno de los expedientes seguidos contra diversos obligados tributarios, acuerdo decretando la enajenación mediante subasta de los bienes que se detallan en la relación de bienes a subastar incluida en este anuncio como ANEXO I. La subasta se celebrará el día 5 de junio de 2014 a las 10,00 horas en SALA RICARDO MAGDALENA en la Diputación Provincial de Zaragoza. En cumplimiento del citado artículo se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen participar en la subasta, lo siguiente:

PRIMERO.- Que los bienes a subastar, integrados por lotes, tipo de subasta para cada uno de ellos y tramos para la licitación son los que se describen en el ANEXO I.

SEGUNDO.- Tales bienes están afectos por las cargas y gravámenes, si los hubiera, que figuran en su descripción, y que constan en el expediente, las cuales quedarán subsistentes sin que pueda aplicarse a su extinción el precio de remate.

TERCERO.- Respecto a la descripción y a los efectos de su superficie y dimensiones, los bienes inmuebles que salen a subasta lo hacen por “su cuerpo cierto” (o superficie que físicamente exista al efecto) por lo que su enajenación y adjudicación en su caso se efectúa como cuerpo cierto en todo cuanto le fuere inherente y accesorio en el estado físico, jurídico, urbanístico, constructivo, ocupacional, medioambiental, y de cargas y gravámenes, que la parte adjudicataria ha de conocer y deberá de aceptar remitiéndose a estos efectos a lo que resulte exclusivamente de los libros del Registro de la Propiedad.

CUARTO.- El tipo de subasta es el importe mínimo por el que se empieza a pujar, por lo que no se admitirán posturas inferiores al tipo de subasta, debiendo ajustarse las ofertas sucesivas a los tramos indicados. Dicho importe está determinado por el precio de tasación del bien una vez descontadas las cargas anteriores y preferentes, si las hubiera, a la deuda gestionada por esta Diputación Provincial de Zaragoza. En el tipo de subasta no se incluyen los impuestos indirectos que graven la transmisión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en el Registro de la Propiedad del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes, serán por cuenta del adjudicatario. El adjudicatario exonera expresamente a la Diputación Provincial de Zaragoza, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago.

QUINTO.- Los títulos disponibles podrán ser examinados por aquellos a quienes interese, en la oficina de Gestión y Atención Tributaria sita en la calle Alfonso I nº 17, 7ª planta de Zaragoza en horario de 9 a 14 horas y de lunes a viernes. Si los bienes objeto de enajenación se encontraran ya inscritos en el Registro de la Propiedad, los licitadores habrán de conformarse con las certificaciones de los títulos de propiedad de los bienes inmuebles, sin derecho a exigir otros que los obrantes en el expediente y sin que esta Administración contraiga otra obligación a este respecto que la de otorgar de oficio, si el adjudicatario lo solicita en el acto de adjudicación, la correspondiente escritura de venta, en sustitución del obligado al pago. En todo caso el documento público de venta es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos en la legislación hipotecaria. Si los bienes objeto de enajenación no se hallaren inscritos en el Registro de la Propiedad, los licitadores no tendrán derecho a exigir título alguno y sin que esta Diputación Provincial contraiga otra obligación a este respecto que la de otorgar el documento público de venta, título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos en la legislación hipotecaria, y que, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el título VI de la Ley Hipotecaria para llevar a cabo la concordancia entre el registro y la realidad jurídica.

SEXTO.- La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes si se efectúa el pago de la deuda no ingresada, los intereses que se hayan devengado o se devenguen hasta la fecha del ingreso, los recargos del periodo ejecutivo y las costas del procedimiento de apremio.

SEPTIMO.- Podrán tomar parte en la subasta como licitadores cualquier persona que posea capacidad de obrar con arreglo a derecho y que no tenga para ello impedimento o restricción legal, siempre que se identifique adecuadamente y con documento que justifique, en su caso, la representación que tenga. Se exceptúa el personal adscrito al Servicio de Gestión y Atención Tributaria, tasadores, depositarios de los bienes y funcionarios directamente implicados en el procedimiento de apremio.

OCTAVO.- Los licitadores tienen la obligación de constituir ante la Mesa de subasta con anterioridad a su celebración un depósito del 20 por 100 del tipo de subasta señalado para cada uno de los bienes o lotes, con la advertencia de que, si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, dicho depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades en que puedan incurrir por los perjuicios que origina la falta de pago del precio de remate. El depósito deberá constituirse en metálico o mediante cheque nominativo y cruzado a favor de la Diputación Provincial de Zaragoza –Tesorería - y estar conformado o certificado por la entidad librada, en fecha y forma. Cuando el licitador no resulte adjudicatario de un bien o lote de bienes, podrá aplicar dicho depósito al de otros bienes o lotes sucesivos por los que desee pujar. En caso de no resultar adjudicatarios, los depósitos constituidos en el acto de la subasta, se devolverán al término de la misma y en otro caso, a través de la Tesorería de la Diputación Provincial de Zaragoza salvo que proceda la compensación de oficio con deudas gestionadas por la misma.

NOVENO.- Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de la subasta hasta una hora antes del comienzo de esta en el Registro General de la Diputación Provincial de Zaragoza en Plaza de España nº 2. El sobre debe contener escrito firmado por el licitador o representante con poder suficiente y bastante, identificado con fotocopia del DNI/NIF, en el que se indique el precio de la oferta para la adjudicación del bien o lote al que desee optar y deberán ir acompañadas del resguardo del depósito realizado o cheque conformado por importe del depósito para licitar, extendido a favor de la Diputación de Zaragoza. Dichas ofertas tendrán el carácter de máximas. La Mesa sustituirá a los licitadores en sobre cerrado, pujando por ellos sin sobrepasar el límite máximo fijado en su oferta, pero éstos también podrán participar personalmente en la licitación con posturas superiores a las del sobre.

DÉCIMO.- Cuando la licitación quedase desierta, la Mesa anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa, que se llevará a cabo dentro del plazo de seis meses, contado desde ese momento, conforme al procedimiento establecido en el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación. No obstante, después de la celebración de la primera licitación, la Mesa podrá acordar la celebración de una segunda licitación, previa deliberación sobre su conveniencia. Si se acuerda la procedencia de celebrar una segunda licitación, se anunciará de forma inmediata y se admitirán pujas que cubran el nuevo tipo, que será el 75 por 100 del tipo de subasta en primera licitación. A tal fin se abrirá un plazo de media hora para que los que deseen licitar constituyan los nuevos depósitos en relación con el nuevo tipo de subasta de los bienes que van a ser enajenados; a tal efecto, servirán los depósitos efectuados anteriormente. La segunda licitación se desarrollará con las mismas formalidades que la primera. Los bienes no adjudicados pasarán al trámite de adjudicación directa regulado en el artículo 107.

UNDÉCIMO.- Los adjudicatarios contraerán la obligación de entregar en el acto de la adjudicación o dentro de los 15 días siguientes la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación, con la advertencia de que si no lo completaran en dicho plazo, perderán el importe del depósito que se aplicará a la cancelación de las deudas, quedando obligados a resarcir a la Administración de los perjuicios que origine dicha falta de pago del precio del remate. Aquellos adjudicatarios que ejerciten en el acto de adjudicación la opción prevista en el artículo 111 del Reglamento General de Recaudación pueden obtener autorización para efectuar el pago del precio de remate el mismo día en que se produzca el otorgamiento de la escritura pública de venta. En este caso, quién resulte adjudicatario tendrá que comunicar de forma expresa a la Mesa que desea acogerse a esta forma de pago en el mismo momento en que solicite el otorgamiento de la escritura pública de venta. Dicha autorización puede estar condicionada por decisión de la Mesa a que quien resulte adjudicatario deba constituir en el plazo improrrogable de los 10 días siguientes a la adjudicación un depósito adicional que no podrá exceder del importe del depósito de garantía exigido para poder licitar en la subasta. Las decisiones que se adopten en relación con esta autorización se considerarán actos de trámite y no serán susceptibles de reclamación o recurso alguno.

DUODÉCIMO.- Si quedasen bienes sin adjudicar, se iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas en sobre cerrado, a partir de ese momento a la mesa de subasta.

El precio mínimo en adjudicación directa será el tipo de subasta en primera licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una segunda licitación. Cuando se hayan celebrado dos licitaciones no habrá precio mínimo; no obstante, si la mesa de subasta estimase desproporcionada la diferencia entre el valor asignado a los bienes o lotes por tasación y el precio ofrecido por cualquier persona interesada, con el fin de no favorecer el enriquecimiento injusto del comprador en detrimento del propietario de los bienes, podría declarar inadmisible la oferta, no accediendo a la formalización de la venta.

Las ofertas se presentarán en sobre cerrado en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Zaragoza –Tesorería, en Plaza de España nº 2, en horario de 9.00 a 14.00 horas.

El sobre debe contener escrito firmado por el ofertante o representante con poder suficiente y bastante, en el que debidamente identificado con fotocopia del DNI/NIF, se indique el precio de la oferta para la adjudicación directa del bien o lote al que desee optar.

En función de las ofertas presentadas se formulará, en su caso, propuesta de adjudicación, que se formalizará mediante acta. Podrá exigirse a los interesados para la adjudicación directa un depósito en la cuantía que se estime adecuada, que se indicará convenientemente cuando se anuncie el trámite por adjudicación directa, advirtiéndoles que si no se satisface el precio de remate en el plazo establecido al efecto, se aplicará el importe del depósito que, en su caso, hubiera constituido a la cancelación de las deudas objeto del procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir por los perjuicios que ocasione la falta de pago del precio de remate.

Transcurrido el plazo de un mes, por la Mesa de Subastas se abrirán las ofertas presentadas, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna de ellas se considera suficiente en ese momento. En caso contrario, se extenderá el plazo un mes más para presentación de nuevas ofertas, o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de las ofertas presentadas hasta ese momento y así sucesivamente, con el límite total de seis meses.

Transcurrido el plazo máximo de 6 meses, si no hay adjudicación se dará por concluido dicho trámite, iniciándose los trámites de adjudicación de los bienes o derechos no adjudicados al Ayuntamiento acreedor conforme a los artículos 108 y 109 del Reglamento General de Recaudación. No obstante, se adjudicará el bien o derecho a cualquier interesado que satisfaga el importe del tipo de la última subasta celebrada antes de que se acuerde la adjudicación de los bienes o derechos a la Hacienda Local. En lo no previsto expresamente en este apartado relativo al trámite de enajenación mediante adjudicación directa se estará a lo establecido anteriormente para la subasta en lo que resulte aplicable.

ANEXO I. RELACIÓN DE BIENES A SUBASTAR

LOTE Nº 1:

Nº Expediente apremio: 2005EXP07000710

Descripción de la finca: URBANA.- PARCELA R-2.8, sita en Sector del Suelo Apto para Urbanizar “EL SASO” de las Normas Subsidiarias Municipales de San Mateo de Gállego, con una superficie de cinco mil veintisiete metros y ochenta y un decímetros cuadrados. LINDEROS.-

De forma rectangular; linda al Norte, con vial público número 9-A de este Proyecto de Reparcelación; al Sur, con vial peatonal número 3; al Este, con parcela resultante R-2.9 de este proyecto de reparcelación; al Oeste, con parcela resultante R-2.7 de este proyecto de reparcelación. USO URBANÍSTICO.- Residencial unifamiliar aislada conforme a la regularización de la zona residencial R-1 del Texto Refundido del Plan Parcial de la Urbanización “EL SASO” DE San Mateo de Gállego. EDIFICABILIDAD.- Con una superficie edificable de mil quinientos ocho metros y treinta y cuatro decímetros cuadrados, y un máximo de 5 viviendas construibles. El terreno se sitúa en la Calle María Moliner nº 30-38. En la parcela se encuentran edificadas las siguientes estancias: una vivienda con planta baja y primera, con una superficie construida total de novecientos cincuenta y siete metros cuadrados; un almacén de sesenta y un metros cuadrados; un almacén de treinta y cinco metros cuadrados; un almacén de veintiséis metros cuadrados; un almacén de veinticinco metros cuadrados; un espacio deportivo de treinta y seis metros cuadrados. El obligado al pago es titular del pleno dominio, con carácter privativo, de la totalidad de esta finca. Referencia catastral: 5753108XM8355S0001MB

Datos Registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Zaragoza número trece, al folio 195 del Tomo 4344 del Archivo, Libro 81 del término Municipal de San Mateo de Gállego. Es la finca registral número 6039. Idufir: 50029000451938.

De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón, en la fecha de la diligencia de embargo, constaba anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro, entre otros, del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 7 de junio de 2.010 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro.

Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca a favor de CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 3 de enero de 2.004 e hipotecas a favor de CAJA RURAL DE TERUEL, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO que motivó la inscripciones 3ª de 17 de septiembre de 2.005 y 4ª de 21 de enero de 2.010 y anotación preventiva de embargo letra B a favor del Ayuntamiento de San Mateo de Gallego tomada con fecha 10 de diciembre de 2.010.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 849.637,38 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA: ...…………………………………………..… 849.637,38€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 362,62€

Resto tramos para licitar: 1.000,00€

LOTE Nº 2: Nº

Expediente apremio: 2010EXP07005497

Descripción de la finca: URBANA: FINCA NÚMERO 4.INDUSTRIAL. PARCELA situada en el término municipal de La Almunia de Doña Godina, Unidad de Ejecución Única del Sector S-3 en la zona de La Cuesta. Ocupa una superficie de dos mil seiscientos trece metros setenta y nueve decímetros cuadrados. Linda: al Norte con parcela 1-89; al Sur con parcela 2; al Este con límite del Sector; y al Oeste con límite del sector. Le corresponde un aprovechamiento urbanístico de dos mil trescientos cincuenta y dos metros cuarenta y un decímetros cuadrados de suelo industrial. Referencia catastral: 6350327XL3965A0001JG Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de la finca.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Almunia de Doña Godina, del Tomo 2492 del Archivo, Libro 225 del Ayuntamiento de La Almunia, folio 135, finca registral 13225. IDUFIR: 50001001156975.

De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro, entre otros, del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en las anotaciones letras A de fecha 24 de marzo de 2.012 y B de fecha 22 de noviembre de 2.012 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro.

Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la anotación preventiva de embargo letra C a favor del Ayuntamiento de Calatorao de fecha 23 de noviembre de 2.012. Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 89.992,79 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA: ...…………………………………………..… 89.992,79 € Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 1.007,21€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 3:

Nº Expediente apremio: 2009EXP07000038

Descripción de la finca: URBANA: Finca resultante número 2.1.5. PARCELA para usos productivos del sector 14 del Plan General de Pinseque. Tiene una superficie de doscientos cincuenta y cuatro metros sesenta y ocho decímetros cuadrados. Linda: Norte, viario municipal de nueva apertura; Sur, parcela 2.2.3; Este, parcela 2.1.5; Oeste, parcela 2.1.3. Aprovechamiento urbanístico: seiscientos sesenta metros sesenta y seis decímetros cuadrados. Destino: Industrial conforme a las ordenanzas del Plan parcial vigente. Referencia catastral: 9131504XM5293S0001MU Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de la finca.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Almunia de Doña Godina, del Tomo 2399 del Archivo, Libro 134, folio 146, finca registral 11445. IDUFIR: 5001001119253

De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón, en la fecha de la diligencia de embargo, constaba anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro, entre otros, del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra C de fecha 15 de junio de 2012 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro.

Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la anotación preventiva de embargo letra A a favor de D. Oscar Rubio Domingo tomada con fecha 21 de octubre de 2.009 y anotación preventiva de embargo letra B a favor de la Hacienda Pública tomada con fecha 23 de septiembre de 2.011. Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 20.374,40 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....………………………………………….….. 20.374,40€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 625,60€ Resto tramos para licitar: 1.000,00 €. LOTE 4: Nº Expediente apremio: 2011EXP07013782 Descripción de la finca: URBANA: Edificio en la calle Mayor número setenta y dos de la localidad de Azuara, de unos mil doscientos metros cuadrados, que consta de planta baja destinada a almacén y otra alzada destinada a vivienda. Ocupa en planta baja ochocientos treinta metros cuadrados, y en planta alzada unos doscientos treinta metros cuadrados, el resto se destina a corral. Linda: frente, Calle Mayor; fondo, Doroteo Tomás; derecha, Acequia; izquierda, Ignacio Guerrero Calvo. Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de la finca. Referencia catastral: 2030804LX8723A0001HG Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Belchite, al folio 53, del Libro 33 del término municipal de Azuara, Tomo 335 del Archivo. Es la finca registral número 2508. IDUFIR: 50003000021193. Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 96.536,00 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA: ...…………………………………………..… 96.536,00€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 464,00€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 5:

Nº Expediente apremio: 2006EXP07003929

Descripción de la finca: URBANA.- PARCELA R-3.37 sita en Sector del Suelo Apto para Urbanizar “EL SASO” de las Normas Subsidiarias Municipales de San Mateo de Gállego, con una superficie de novecientos cuarenta y cinco metros y treinta y dos decímetros cuadrados. LINDEROS.- De forma rectangular; linda al Norte, con vial peatonal número 4 de este proyecto de reparcelación; al Sur, con vial rodado número 8-B de este proyecto de reparcelación; al Este, con parcela resultante R-3.36 de este proyecto de reparcelación; al Oeste, con parcela resultante R-3.38 de este proyecto de reparcelación. USO URBANÍSTICO.- Residencial unifamiliar aislada conforme a la regularización de la zona residencial R-1 del Texto Refundido del Plan Parcial de la Urbanización “EL SASO”, de San Mateo de Gállego. Con una superficie edificable de doscientos ochenta y tres metros y sesenta decímetros cuadrados, y un máximo de 1 vivienda construible. El terreno se sitúa en la Calle Gerardo Diego nº 57, y según dictamen de tasación de la finca, tiene una cabida de novecientos ochenta y tres metros cuadrados, y en la parcela se encuentra edificada una vivienda, con planta baja y primera, con una superficie total construida de doscientos nueve metros cuadrados. La construcción no se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad. Referencia catastral: 6253836XM8365S0001XQ El obligado al pago es titular del pleno dominio, con carácter consorcial, de la totalidad de esta finca.

Datos Registrales de la parcela: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Zaragoza número trece, al folio 109 del Tomo 4345 del Archivo, Libro 82 del término Municipal de San Mateo de Gállego. Es la finca registral número 6085. Idufir: 50029000452409.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 292.391,00 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....……………………………………………… 292.391,00€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 609,00€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 6: Nº Expediente apremio: 2006EXP07006033

Descripción de la finca: URBANA.- NAVE industrial y terreno anexo en La Almunia, en la partida Valdehigueras o La Clusa y su carretera C-220 de La Almunia a Épila, sin número conocido, de ocho mil trescientos metros cuadrados, de la que corresponden mil doscientos metros cuadrados a la nave de una planta y destinada a la fabricación de prefabricados de hormigón, y los restantes siete mil cien metros cuadrados al terreno anejo. Linda todo: Norte, herederos de Julio García Sancho; Sur, Hormigones La Almunia SL, y herederos de José María Esteban Cristóbal; Este, carretera C-220 de La Almunia a Épila; y Oeste río Mediano. Según dictamen de tasación de la finca, el terreno tiene una cabida de ocho mi trescientos metros cuadrados, donde 800 metros cuadrados están destinados a almacén, y 45 metros cuadrados a oficinas. Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Almunia de Doña Godina, al Tomo 1.917, Libro 169, Folio 56, inscripción 9ª. IDUFIR: 50001000001597. Es la finca registral nº 7.917. Cargas vigentes sobre la finca: HIPOTECA unilateral a favor del Estado Español – Delegación de Zaragoza de la AEAT, en garantía de fraccionamiento/aplazamiento del pago de la cantidad total de ciento veintinueve mil ochocientos sesenta y seis euros con cuarenta y un céntimos, respondiendo la finca de dicha cantidad aplazada, más de dieciséis mil cuatrocientos dieciséis euros con catorce céntimos, en concepto de intereses de demora, y del veinticinco por ciento de ambas cantidades. Todo ello en virtud de escritura otorgada en Zuera, el cuatro de junio de dos mil nueve, y aceptada el cinco de octubre de dos mil nueve. ante el notario Don Juan Antonio Yuste González de Rueda. Al día 20 de marzo de 2014, el importe pendiente de amortizar, de principal, asciende a la cantidad de ochenta y dos mil quinientos treinta y seis euros con ochenta y tres céntimos (82.536,83 €).

Valoración del bien que integra el lote.:……………………………………………… 433.500,00 €.

Importe total de cargas y gravámenes anteriores................................................... 82.536,83€

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA: ...…………………………………………..… 350.963,17€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 1.036,83€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 7: Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 01:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada B-1, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la segunda fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de veintiséis mi, quinientos cincuenta y cuatro metros treinta decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con parcela B2 y con Zona Verde ZV1; Sur, con parcela A y Vial 1 de nueva creación; Este, con Vial 1 de nueva creación y con parcela B2; y Oeste, con Zona Verde ZV1, con parcela Equipamiento EP1 y puntualmente con terreno exterior al sector. Tiene un aprovechamiento de dieciocho mil quinientos ochenta y ocho metros un decímetro cuadrado. Referencia catastral: 9404410XL4890C0001QD Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 91, Finca Registral número 16356.

De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro.

Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 25 de febrero de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:…………………………………… 1.443.890,06 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....…………………………………… 1.443.890,06€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 109,94€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 8: Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 02:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada C-1, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la segunda fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de veintiséis mil, cuatrocientos noventa y dos metros cuarenta y dos decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con parcela C2 y con vial 2 de nueva creación; Sur, Con reserva de Barranco de nueva creación y vial 1de nueva creación; Este, con Vial 1 de nueva creación y con parcela C2; y Oeste, con vial 2 de nueva creación y con Reserva de Barranco de nueva creación. Tiene un aprovechamiento de dieciocho mil quinientos cuarenta y cuatro metros sesenta y nueve decímetros cuadrados. Referencia catastral: 9600302XL4890B0001IR Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 94, Finca Registral número 16359.

De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro.

Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 1 de marzo de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:…………………………………………… 1.440.525,34 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:....…………………………………………..… 1.440.525,34€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 474,66€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 9:

Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 03:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada H-2, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la segunda fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de mil ochocientos veintiún metros cincuenta y ocho decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con parcela H1 y con vial 7 de nueva creación; Sur, con parcela G y con vial 3 de nueva creación; Este, con Viales 3 y 7 de nueva creación y Oeste, con parcelas H1 y G. Tiene un aprovechamiento de mil doscientos setenta y cinco metros once decímetros cuadrados. Referencia catastral: 9404402XL4890C0001WD Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 104, Finca Registral número 16369.

De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro.

Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 1 de marzo de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 128.239,23 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....…………………………………………..… 128.239,23€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 760,77€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 10:

Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 04:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada I-1, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la primera fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de dieciocho mil doscientos setenta y seis metros ventiléis decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con zona verde ZV14 y con vial 3 de nueva creación; Sur, con parcela I2 y con vial 6 de nueva cración; Este, con parcela I2, con terreno exterior al Sector y con zona verde ZV14 y Oeste, viales 3 y 6 de nueva creación. Tiene un aprovechamiento de doce mil setecientos noventa y tres metros treinta y ocho decímetros cuadrados. Referencia catastral: 9704301XL4890D0001AX Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 105, Finca Registral número 16370.

De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro.

Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 1 de marzo de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011. Y la Hipoteca Unilateral a favor de la Hacienda Pública que motivó la inscripción 4ª de fecha 12 de abril de 2.012, aceptada por oficio de fecha 27 de abril de 2.012.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 993.771,64 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....…………………………………………..… 993.771,64€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 228,36€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 11:

Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 05:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada J-2, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la primera fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de treinta y dos mil setecientos setenta y dos metros treinta y un decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con viales 4 y 9 de nueva creación; Sur, con parcela J1 y con vial 3 de nueva ceración; Este, con viales 3 y 9 de nueva creación y Oeste, con parcela J1 y con vial 4 de nueva creación. Tiene un aprovechamiento de ventidos mil novecientos cuarenta metros y sesenta y dos decímetros cuadrados. Referencia catastral: 9506501XL4890F0001XJ Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 109, Finca Registral número 16374.

De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro.

Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 1 de marzo de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………1.781.994,36€.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....………………………………………….. 1.781.994,36€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 1.005,64€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 12: Nº

Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 06:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada K, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la primera fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de cuarenta mil setecientos ochenta y dos metros cuarenta y dos decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con viales 4 y 13 de nueva creación; Sur, viales 3 y 9 de nueva ceración; Este, con viales 3 y 11 de nueva creación y Oeste, con viales 4 y 9 de nueva creación. Tiene un aprovechamiento de ventiocho mil quinientos cuarenta y siete metros y nueve decímetros cuadrados. Referencia catastral: 9709801XL4890H0001PS Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca. Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 110, Finca Registral número 16375. De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro. Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 3ª, de fecha 1 de marzo de 2008, novada por la inscripción 4ª de fecha 30 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:………………………………………… 2.217.522,34 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....………………………………………… 2.217.522,34€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 477,66€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 13:

Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 07:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada L-1, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la primera fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de novecientos sesenta y un metros ventiún decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con vial 8 de nueva creación y con zona verde ZV4; Sur, con parcela L2 y con zona ZV4; Este, con parcela L2 y con vial 8 de nueva creación y Oeste, con zona verde ZV4. Tiene un aprovechamiento de seiscientos setenta y dos metros ochenta y cinco decímetros cuadrados. Referencia catastral: 9407902XL4890E0001F1 Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca. Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 111, Finca Registral número 16376. De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro. Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 1 de marzo de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 67.669,18 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....…………………………………………..… 67.669,18 €

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 330,82€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 14:

Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 08:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada N, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la primera fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de diez mil novecientos cincuenta y cuatro metros sesenta y nueve decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con zona verde ZV5 y con vial 10 de nueva creación; Sur, parcelas M1 y M2 y con vial 4 de nueva creación; Este, con viales 4 y 10 de nueva creación y Oeste, con pacelas M1 y M2 y con zona verade ZV5. Tiene un aprovechamiento de siete mil seiscientos sesenta y ocho metros ventiocho decímetros cuadrados. Referencia catastral: 9408603XL4890G0001HE Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca. Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 115, Finca Registral número 16380. De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro. Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 1 de marzo de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes. Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 766.828,30 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....…………………………………………..… 766.828,30 €

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 171,70€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 15:

Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 09:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada O, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la primera fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de diez mil novecientos cincuenta y cuatro metros sesenta y un decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con parcela P y zona verde ZV6; Sur, con viales 4 y 10 de nueva creación; Este, con parcela P y con vial 4 de nueva creación y Oeste, con zona verde ZV6 y con vial 10 de nueva creación. Tiene un aprovechamiento de siete mil seiscientos sesenta y ocho metros treinta decímetros cuadrados. Referencia catastral: 9509401XL4890H0001PS Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca. Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 116, Finca Registral número 16381. De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro. Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 1 de marzo de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011. Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:………………………………………………766.829,70 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....…………………………………………..… 766.829,70 €.

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 170,30€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 16:

NºExpediente apremio: 2013EXP07009704/ 10:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada P, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la primera fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de doce mil setecientos cuarenta y dos metros setenta y cuatro decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con vial 11 de nueva creación y zona verde ZV6; Sur, con parcela O y con vial 4 de nueva creación; Este, con viales 4 y 11 de nueva creación y Oeste, con parcela O y zona verde ZV6. Tiene un aprovechamiento de ocho mil novecientos diecinueve metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Referencia catastral: 9509402XL4890H0001LS Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca. Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 117, Finca Registral número 16382. De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro. Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 1 de marzo de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 891.984,80 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....…………………………………………..… 891.984,80€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 1.015,20€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 17:

Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 11:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada R-1, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la primera fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de cuatro mil doscientos treinta y ocho metros quince decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con zona verde ZV8 y con zona verde ZV9 y puntualmente con sistema general adscrito (restitución de vía pecuaria); Sur, con parcela R2 y con vial 13 de nueva creación; Este, parcela R2 y con zona verde ZV9 y Oeste, vial 13 de nueva creación y con zona verde ZV8. Tiene un aprovechamiento de dos mil novecientos sesenta y seis metros setenta y un decímetros cuadrados. Referencia catastral: 9610302XL4891B0001BZ Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca. Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 119, Finca Registral número 16384. De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro. Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 1 de marzo de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 296.670,50 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....…………………………………………..… 296.670,50€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 329,50€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 18:

Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 12:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada Q, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la primera fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de veinte mil treinta y dosmetros setenta y siete decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con zona verde ZV7 y zona verde ZV8 y puntualmente con sistema general adscrito restitución de vía pecuaria; Sur, con viales 4 y 11 de nueva creacion; Este, con vial 4 de nueva creación y con zona verde ZV7 y zona verde ZV8 y Oeste, con zona verde ZV7 y con vial 11 de nueva creación. Tiene un aprovechamiento de catorce mil veintidós metros y cuatro decímetros cuadrados. Referencia catastral: 9610301XL4891B0001AZ Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca. Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 118, Finca Registral número 16383. De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro. Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha de marzo de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 1.089.281,87 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....…………………………………………..… 1.089.281,87€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 718,13€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €. LOTE 19: Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 13:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada U-2, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la primera fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de cinco mil trescientos setenta y ocho metros y ocho metros cincuenta y cuatro decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con parcela U1 y Equipamiento EP2; Sur, con vial 14 de nueva creación y con parcela Equipamiento EDS1; Este, con parcelas equipamiento EDS1 u equipamiento EP2; y Oeste, con parcela U1 y con vial 14 de nueva creación. Tiene un aprovechamiento de tres mil setecientos sesenta y cuatro metros noventa y ocho decímetros cuadrados. Referencia catastral: 00101007XL5801A0001AA Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca. Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 127, Finca Registral número 16392. De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro. Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 1 de marzo de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 376.497,80 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....…………………………………………..… 376.497,80€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 502,20 €

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 20:

Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 14:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada T-2, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la primera fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de mil seiscientos ochenta y un metros treinta y tres decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con parcela T1 y con vial 14 de nueva creación; Sur, con parcelas T3 y S1; Este, con parcela T3 Y con vial 14 de nueva creación; y Oeste, con parcela S1 y T1. Tiene un aprovechamiento de mil ciento setenta y seis metros noventa y tres decímetros cuadrados. Referencia catastral: 0010104XL5801A0001UA Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 124 Folio 127, Finca Registral número 16389.

De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro. Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 1 de marzo de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 118.365,63 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....…………………………………………..… 118.365,63€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 634,37€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 21:

Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 15:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada V-2, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la primera fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de cuatro mil novecientos treinta y dos metros trece decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con parcela Equipamiento EDS2 y con vial 12 de nueva creación; Sur, con parcela V1; Este, con parcela Equipamiento EDS2 y con terreno exterior al sector; y Oeste, con parcela V1 y con vial 12 de nueva creación. Tiene un aprovechamiento de tres mil cuatrocientos cincuenta y dos metros cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Referencia catastral: 0010109XL5801A0001YA Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 129 Folio 127, Finca Registral número 16394.

De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro.

Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 1 de marzo de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 345.249,10 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....…………………………………………..… 345.249,10€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 750,90€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 22:

Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 16:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada F-1, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial aislada, perteneciente a la segunda fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de veintiséis mil cuatrocientos doce metros cuarenta y cinco decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con viales 3 y 6 de nueva creación; Sur, con parcela F2 y con vial 5 de nueva creación; Este, con parcela F2 y con vial 6 de nueva creación; y Oeste, con viales 3 y 5 de nueva creación. Tiene un aprovechamiento de dieciocho mil cuatrocientos ochenta y ocho metros setenta y dos decímetros cuadrados. Referencia catastral: 9603801XL4890D0001AX Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 100, Finca Registral número 16365.

De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro.

Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 3ª, de fecha 26 de mayo de 2008, novada por la inscripción 4ª de fecha 29 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 1.436.176,97 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....…………………………………………..… 1.436.176,97€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 823,03€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 23:

Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 17:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada M-1, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria industrial adosada, perteneciente a la primera fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de seis mil quinientos cuarenta y seis metros treinta decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con parcelas N y M2; Sur, con viales 4 y 8 de nueva creación; Este, con parcela N y con vial 4 de nueva creación; y Oeste, con parcela M2 y con vial 8 de nueva creación. Tiene un aprovechamiento de cuatro mil quinientos ochenta y dos metros cuarenta y un decímetros cuadrados. Referencia catastral: 9408601XL4890G0001ZE Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 113, Finca Registral número 16378.

De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro.

Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 1 de marzo de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 458.241,00 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....…………………………………………..… 458.241,00€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 759,00€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

LOTE 24:

Nº Expediente apremio: 2013EXP07009704/ 18:

Descripción de la finca: URBANA. Parcela denominada S-2, de uso industrial en ámbito del sector 4.2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, de tipología edificatoria adosada, perteneciente a la primera fase de las contempladas en el Plan Parcial del Sector, y extensión superficial de cuatro mil novecientos ochenta y nueve metros treinta y cinco decímetros cuadrados, con una ocupación edificabilidad conforme al plan parcial que desarrolla dicho sector, que linda: Norte, con parcelas S1 y T3; Sur, con parcela Equipamiento EDS2 y con vial 12 de nueva creación; Este, con parcelas T3 y equipamiento EDS2; y Oeste, con parcela S1 y con vial 12 de nueva creación. Tiene un aprovechamiento de tres mil cuatrocientos noventa y dos metros cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Referencia catastral: 0010101XL5801A0001EA Derechos del Deudor: Pleno dominio de la totalidad de esta finca.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Daroca, al Tomo 1433 del Archivo del Ayuntamiento de Daroca, Libro 179 Folio 122, Finca Registral número 16387.

De conformidad con lo dispuesto por la normativa que rige la ordenación urbanística de Aragón consta anotada en el Registro de la Propiedad la afección especial sobre la finca embargada en este procedimiento seguido para el cobro del concepto de cuotas urbanísticas, haciéndose constar en la anotación letra A de fecha 25 de abril de 2.014 la tramitación del expediente ejecutivo para su cobro.

Conforme al artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, que establece la preferencia sobre cualquier otra carga o hipoteca anterior, con la única excepción de los créditos a que se refiere el artículo 73 (ahora 78) de la Ley General Tributaria, la presente ejecución del embargo practicada en virtud de este expediente comportará la cancelación de los créditos posteriores a la afección. En particular la hipoteca Mancomunada a favor de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA, CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON y CAJA RURAL DE ARAGON, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO, que motivó la inscripción 2ª, de fecha 1 de marzo de 2008, novada por la inscripción 3ª de fecha 30 de septiembre de 2.011.

Sin cargas ni gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote:……………………………………………… 349.254,50 €.

TIPO MINIMO PARA LA SUBASTA:.....…………………………………………..… 349.254,50€

Primer tramo para licitar a efectos de redondeo de cifra: 745,50€

Resto tramos para licitar: 1.000,00 €.

En Zaragoza a 5 de mayo de 2014

El Tesorero Accidental de la Diputación Provincial de Zaragoza

Fdo.: Alejandro Laguarta Ángel